
El RECONOCIMIENTO DE LOS INGRESOS, podríamos definirlo como aquel proceso contable que utilizan las empresas para registrar los ingresos en sus estados financieros. En otras palabras, es el proceso de reconocer cuando se ha generado el ingreso y cuando se debe registrar.
Puede considerarse como un procedimiento complicado, ya que, en algunas situaciones los ingresos en las empresas se reciben en etapas o están sujetos a cambios. Las empresas deben guiarse fielmente de las normas contables para garantizar que los ingresos se reconozcan de manera precisa y correctamente en sus estados financieros.
En la República Dominicana el reconocimiento de los ingresos es guiado a través de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF’S), emitidas por la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), las mismas son un conjunto de reglas de uso común para garantizar que los estados financieros, sin importar la jurisdicción de la compañía u organismo, sean coherentes y puedan compararse en un marco de referencia global.
En ese sentido, las normativas contables establecidas en la República Dominicana instauran que, los ingresos deben de reconocerse cuando se han devengado y cumplen con los siguientes criterios:
- La empresa ha transferido los bienes o servicios al cliente.
- El monto de los ingresos puede ser medido con fiabilidad.
- Es probable que la empresa reciba el pago correspondiente por los bienes o servicios entregados.
Es importante destacar que, los ingresos deben reconocerse al momento de ser entregados los bienes o servicios. Si el contrato establece que, exista la posibilidad de recibir pagos anticipados, entonces la entidad reconocerá un pasivo por el importe del pago anticipado por su obligación de desempeño de transferir, o estar dispuesta a transferir, bienes o servicios en el futuro.
Los principios internacionales para reconocer los ingresos correctamente están contemplados en la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) núm. 15 – Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes.
A continuación, te presentamos algunos principios claves para que las empresas reconozcan los ingresos correctamente, según NIIF 15:
- IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO: La empresa debe realizar un contrato con el cliente, donde se establezcan los términos y condiciones, de acuerdo con la normativa NIIF 15.
- IDENTIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES DE DESEMPEÑO: Luego de realizarse el acto jurídico, se deben identificar las obligaciones del contrato. En otras palabras, lo que se ha prometido dentro del contrato.
- DETERMINACIÓN DEL PRECIO DE LA TRANSACCIÓN: La empresa debe determinar cuál será el precio de la transacción. Es decir, el importe que espera recibir a cambio de las obligaciones de desempeño.
- ASIGNACIÓN DEL PRECIO A LAS OBLIGACIONES DE DESEMPEÑO: Una vez determinado el precio de la transacción, debe asignarse a las obligaciones de desempeño identificadas en el contrato.
- RECONOCIMIENTO DE LOS INGRESOS A MEDIDA QUE SE CUMPLEN LAS OBLIGACIONES DE DESEMPEÑO: La empresa debe reconocer los ingresos a medida que cumple las obligaciones de desempeño identificadas en el contrato.
Fuente:
Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) núm.15 – Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes.