EL INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL (INFOTEP), es una institución autónoma encargada de la capacitación o formación técnica profesional en la República Dominicana.

Fue creado mediante la Ley núm. 116-80 del 16 de enero de 1980 y regulado por el Reglamento núm. 1894 del 11 de agosto del mismo año.

El artículo núm. 1 de la Ley núm. 116-80, define EL INFOTEP como una organización autónoma, de carácter no lucrativo y patrimonio propio, encargado de regir el sistema de capacitación, perfeccionamiento, especialización y reconversión de los trabajadores.

En ese mismo orden, el artículo núm. 4 hace alusión a que, EL INFOTEP se crea, básicamente, a fin de que imparta a los jóvenes y adultos, educación para el trabajo utilitario.

Es importante destacar que, el Reglamento núm. 1894, en su artículo núm. 3, establece como objetivos generales del INFOTEP, los siguientesꓽ

 

 

Según el artículo núm. 5 del Reglamento antes mencionado, las actividades del INFOTEP son las siguientes:

 

Con relación a los recursos humanos

  • Estudios cuantitativos y sistemáticos de las necesidades de capacitación de los trabajadores para establecer el déficit de mano de obra calificada en los diversos niveles de los sectores agrícola, industrial, comercial y de servicios, así como de los medios existentes o necesarios para remediar dichos déficits.
  • Programas de capacitación con énfasis en la formación profesional acelerada de acuerdo con un orden de prioridades, para capacitar fundamentalmente a los trabajadores de nivel primario y en especial a aquellos que carecen de ocupación.
  • Programas de actualización de perfeccionamiento en todos los niveles de trabajo, inclusive becas y viajes de investigación y de estudios.
  • Programas sobre seguridad e higiene del trabajo.
  • Programas de rehabilitación profesional.

 

Con relación a las empresas:

  • Programa de capacitación dentro de las empresas voluntariamente concertados entre el Instituto y la dirección de la empresa que prestará su colaboración.
  • Programas de asesoría técnica, particularmente sobre administración, organización científica de trabajo, investigaciones relacionadas con la productividad y aplicación de pruebas de aptitud. Dicha asesoría podrá ser llevada a cabo por el Instituto mediante contrato con expertos nacionales o extranjeros a solicitud de las empresas.

 

Con relación al aprendizaje:

Realizar dentro de la Ley, en todo el territorio nacional, el aprendizaje metódico y completo de los adolescentes durante períodos permanentes fijados en el reglamento interno del Instituto, tanto en centros de formación como principalmente dentro de las empresas y contando con su anuencia, cuando se esté instalando, equipando, operando o dando ayuda técnica y financiera a los centros necesarios.

 

Con relación a la seguridad e higiene laborales:

Enseñar los principios y adiestrar en las técnicas de la prevención de accidentes a los trabajadores y a los empleadores, efectuando esta labor tanto fuera como dentro de las empresas, en todos los sectores de la economía, en colaboración con cualquier institución interesada en este campo.

 

Con relación al nivel ocupacional medio:

Organizar y desarrollar carreras técnicas cortas en los diferentes sectores de la economía, quedando facultado el Instituto para otorgar títulos, diplomas o certificados con plena validez legal.

 

Con relación a su propio personal:

Organizar labores, suministrar entrenamiento, promover becas y llevar a cabo toda otra actividad necesaria para formarlo al más alto grado a fin de permitirle el correcto desempeño de sus funciones y tareas específicas descritas en el Reglamento del Instituto.

 

 

 

 

Fuentesꓽ

Ley núm. 116-80, que crea el Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (INFOTEP).

Reglamento núm. 1894.

 

 

 

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