EL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE TRIBUTACIÓN (RST)
EL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE TRIBUTACIÓN (RST), es un régimen simplificado para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, ya sean estos personas jurídicas o personas físicas, que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento Núm. 265-19. Tiene su origen en la carencia que tenía La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) de tener una guía o método que le sirviera de apoyo para una inspección optima de sus contribuyentes.
El reglamento Núm. 265-19, aplica a personas físicas o jurídicas prestadores de servicios o pertenecientes al sector agropecuario, personas jurídicas productores de bienes y a personas físicas o jurídicas comerciantes de bienes. Tiene por objeto establecer un régimen simplificado de tributación (RST) para la determinación de las obligaciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y del Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) de las personas físicas y jurídicas que soliciten acogerse según las siguientes modalidades:
Régimen Simplificado de Tributación (RST) de Ingresos: es la modalidad cuya base para el cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) e Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) son los ingresos brutos anuales obtenidos por el contribuyente.
Régimen Simplificado de Tributación (RST) de Compras: es la modalidad cuya base para el cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR y del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) son las compras realizadas anualmente por el contribuyente.
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII), establece las siguientes modalidades:
- Basado en Ingresos para Personas Físicas con ingresos provenientes de servicios profesionales u oficios independientes, exentos de ITBIS o que este sea retenido en un 100% y que sus ingresos no superen los RD$9,962,997.29 al año.
- Basado en Ingresos para Persona Jurídica con actividades económicas de servicio y producción de bienes, que sus ingresos anuales no superen los RD$9,962,997.29.
- Basado en Ingresos para el Sector Agropecuario para los contribuyentes de dicho sector, cuyos ingresos anuales no superen los RD$9,962,997.29.
- Basado en Compras para Personas Físicas y Jurídicas que se dediquen a la comercialización de bienes, cuyas compras e importaciones anuales no superen los RD$45,806,884.11.
REQUISITOS, OBLIGACIONES Y BENEFICIOS
Requisitos
Los contribuyentes que apliquen para acogerse al Régimen Simplificado De Tributación deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener totalmente actualizados y correctos sus datos en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
- Tener como cierre fiscal el 31 de diciembre.
- Estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, al momento de la solicitud.
- No encontrarse en proceso de fiscalización externa por parte de la institución.
Obligaciones
Los contribuyentes acogidos al Régimen Simplificado De Tributación (RST), deben cumplir con las siguientes obligaciones:
- Emitir facturas con Número de Comprobante Fiscal (NCF).
- Requerir facturas con valor fiscal a sus proveedores.
- Mantener a disposición de Impuestos Internos la información que lo acredita como perteneciente al RST.
- Mantener los documentos que justifiquen el cálculo de los impuestos debidos y el cumplimiento de las obligaciones principales y accesorias.
Beneficios
- No tienen que enviar sus compras y ventas mensuales a través de los Formatos de Envío de Datos (606, 607, 608, entre otros) establecidos por Impuestos Internos.
- No tienen que pagar Anticipos del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
- No tienen que pagar el Impuesto a los Activos, siempre que los mismos estén relacionados con su actividad económica.
- Disponen de acuerdo de pago automático para el pago de sus impuestos.
- Formularios de declaración anual simplificados para ITBIS e ISR.
Fuente:
Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
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