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Al igual que las Personas Físicas, las Personas Jurídicas deben reportar a través de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) la renta o beneficios obtenidos durante un periodo fiscal específico. Se entiende por renta como aquel ingreso que constituya beneficios producto de la realización de una actividad cualquiera que sea su naturaleza, origen o denominación.

Para remitir dicha información, es imprescindible la declaración del Formulario IR-2 que no es más que un documento o formulario con anexos, donde se declaran las informaciones generales de la empresa y los estados financieros.

Las Sociedades de Responsabilidad Limitada (S.R.L), Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.), Negocios de Único de Dueño, Sociedades Anónimas (S.A.) son algunas de las entidades que deben presentar el Impuesto Sobre la Renta a través del formulario IR-2.

El Formulario IR-2 está compuesto de 10 anexos, el IR-2 y la Liquidación del Impuesto a los Activos, los cuales serán remitidos y habilitados de acuerdo al sector económico al que pertenezca la entidad.

 

ANEXO         

D-2                       REMISIÓN DEL AJUSTE FISCAL DURANTE EL PERIODO

D-1                       ACTIVOS CATEGORÍA 1 (EDIFICACIONES)

                         CALCULO DE LA DEPRECIACIÓN DE LOS ACTIVOS CATEGORÍA 2 Y 3, DETERMINACIÓN DEL COSTO DE VENTA (EMPRESAS MANUFACTURERAS Y DE COMERCIALIZACIÓN)

A-1                       PRESENTACIÓN DEL BALANCE GENERAL O ESTADO DE SITUACIÓN (EMPRESAS COMERCIALES)

A-2                       PRESENTACIÓN DEL BALANCE GENERAL (BANCOS Y FINANCIERAS)

A-3                       PRESENTACIÓN DEL BALANCE GENERAL (COMPAÑÍAS DE SEGUROS)

B-1                       PRESENTACIÓN DEL ESTADO DE RESULTADOS (EMPRESAS COMERCIALES)

B-2                       PRESENTACIÓN DEL ESTADO DE RESULTADOS (BANCOS Y FINANCIERAS)

B-3                       PRESENTACIÓN DEL ESTADO DE RESULTADOS (COMPAÑÍAS DE SEGUROS)

B-4                       PRESENTACIÓN DEL ESTADO DE RESULTADOS (HOTELES Y EMPRESAS A FINES)

                          DATOS COMPLEMENTARIOS

H-1 Y H-2            IDENTIFICACIÓN DEL BENEFICIARIO FINAL

G                          CÁLCULO DE AJUSTES FISCALES

J                           DATOS INFORMATIVOS: RESUMEN DE ENVÍOS 607/LIBRO DE VENTAS & 606

IR-2                     DECLARACIÓN DE RENTA DE PERSONAS JURÍDICAS

ACTIVOS             FORMULARIO DE LIQUIDACIÓN DE IMPUESTO A LOS ACTIVOS

 

La tasa aplicable para este impuesto en los periodos 2017, 2018, 2019 y 2020 es de un 27% sobre los Beneficios Netos.

 

Según lo establecido, este formulario debe ser remitido 120 días luego del cierre del periodo de la entidad. Las personas jurídicas poseen 4 fechas de cierres distintas:

 

Fecha de cierre Período Fiscal

31 de diciembre             Del 1º de enero al 31 de diciembre.

31 de marzo                    Del 1º de abril del año anterior al 31 de marzo.

30 de junio                      Del 1º de julio del año anterior al 30 de junio.

30 de septiembre          Del 1º de octubre del año anterior al 30 de septiembre.

 

Para las empresas que cerraron al 31 de diciembre del año 2019, se le han otorgado tres prórrogas para la presentación de la declaración jurada de renta, venciendo la ultima el 29 de julio del año en curso.

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