Es un impuesto al patrimonio inmobiliario de las personas. Antes de la ley 253-12, se llamaba impuesto a la propiedad inmobiliaria, ya que se cobraba en base al valor individual de cada propiedad. A partir de esta ley, se suman todas las propiedades inmobiliarias de cada persona y se rebaja el monto exento, que para el año 2020 es de RD$ 7,710,158.20 (este valor es ajustado por inflación cada año); al excedente se le aplica la tasa del 1%, dicho valor se paga dividido en dos cuotas iguales, una con fecha límite de pago el 11 de marzo y la otra vence el 11 de septiembre de cada año.
También es bueno señalar que están exentos de este impuesto, los terrenos rurales, mejoras de uso agropecuario y aquellos inmuebles exentos por leyes especiales.
Se encuentra depositado un proyecto de ley en el Senado, que rebajaría la tasa a un 0.25%
Base Legal: artículos 13 y 14 de la Ley 253-12, que modifica los artículos 1 y 2 de la Ley 18-88.